El REF juega un papel muy importante en el comercio electrónico. Para todos los que vivimos en Canarias y disfrutamos de sus días soleados y de las ventajas de pagar nuestras compras algo más baratas que en el resto de España, es un privilegio contar con ese impuesto que conocemos como IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). Pero, ¿en qué nos afecta a los comerciantes canarios ese impuesto a la hora de hacer comercio electrónico? ¿Qué papel juega el REF ?
Trataré de explicarlo de la manera más sencilla para que todos puedan entenderlo. Sobre todo, aplicando sólo los conceptos que afectan directamente al comercio electrónico.
Particularidades del REF
El REF, Régimen Económico y Fiscal de Canarias se plasmó en el año 1972 como una Ley para promover el desarrollo económico y social de las islas debido a su lejanía geográfica de Europa. Tiene como misión dotar a las islas de unos impuestos menores y unas condiciones favorecedoras para poder compensar esta lejanía.
Desde el punto de vista del comercio interior en las islas, es decir, un sistema de regionalización de las empresas, es totalmente favorecedor. ¿Por qué? Porque gracias a la existencia del REF los productos poseen un mayor margen de beneficio. Esto se debe gracias al menor impuesto aplicado a ellos tanto en su compra (impuesto soportado) como en su venta (impuesto repercutido). Pero a la hora de exportar desde Canarias e intentar nacionalizar e internacionalizar nuestro negocio es donde empiezan los problemas.
Problemas a la hora de nacionalizar e internacionalizar productos desde Canarias
Son varios los problemas que atañen las transacciones a la hora de querer exportar productos desde Canarias. Concretamente se han establecido cuatro puntos importantes que se enumeran a continuación.
Primer problema
La lejanía geográfica que nos beneficia dentro de Canarias nos encarece el transporte debido a que nuestra mercancía recorre más kilómetros y normalmente lo hace por vía aérea. Por tanto nos hace ser menos competitivos en precio y en tiempos de entrega.
Segundo problema
La diferencia de impuesto de Canarias (IGIC) con el resto de Europa (IVA). Este cambio supone una dificultad a la hora de declarar ambos impuestos si has decidido internacionalizar tu negocio online o bien si simplemente has dado el paso de hacer que tu tienda online venda en Península. Para poder tramitar correctamente todo este tema y a su vez poder abaratar costes en logística, lo ideal es tener una sede fiscal en Península.
Tercer problema
¿Tu empresa es mayorista o minorista? Y te preguntarás, ¿esto que tiene que ver? ¡Pues mucho! El REF canario hace una diferenciación entre estos dos tipos de empresa. Por un lado las ventajas que el REF otorga a la empresa minorista en Canarias, evadiéndola de tributar trimestralmente el IGIC, hace que salga perjudicada en sus exportaciones por no poder repercutir el IGIC soportado en la compra de sus productos. Por lo tanto, la empresa minorista juega con un porcentaje igual al IGIC soportado (normalmente un 7%) de desventaja, con respecto a sus competidores de Península.
Cuarto Problema
EL DUA. Y sí, lo pongo todo en mayúsculas porque ¿quién no ha oído hablar del “FAMOSO DUA”? Pues esta documentación, totalmente necesaria para que la circulación de productos se haga de una manera ordenada entre las islas y el resto de Europa y permita que se paguen y cobren los impuestos propios de estas transacciones, se ha convertido en una fuente de ingresos enorme para las agencias que los tramitan y los cobran a precio de oro. Sin embargo, nuestros amigos de ACACE (agrupación canaria de comercio electrónico) han conseguido negociar este servicio a 8€. Próximamente les mostraremos la web y tendrán toda la información disponible al respecto.
Con todo esto que les he expuesto creo que todos hemos llegado a la misma percepción del panorama: El REF canario beneficia al canario dentro de Canarias. Sin embargo es un gran impedimento o desventaja en las exportaciones y sobre todo lo sufrimos con más aplomo los que estamos metidos de lleno en el apasionante mundo del comercio electrónico.
Sabéis si para hacer videollamadas con clientes por skype y cobrarlas tengo que tener algo en cuenta con los clientes de canarias?
Gracias