La red está que arde con esta noticia y no es para menos. Los que trabajamos en Comercio Electrónico, desde el vendedor pasando por empresas especializadas en envíos de mercancía y transporte así como aduanas y el cliente final, sabemos el esfuerzo y los costes que suponen hoy por hoy hacer cualquier tipo de transacción online. Sobre todo si es desde Canarias a Península. España somos todos, dicen. Pero para muchas cosas todavía Canarias parecer ser un puntito olvidado en el mapa que en ocasiones confunde al espectador peninsular cuando el «hombre del tiempo», nos sitúa en un lugar geográfico distinto al real.
Cuestiones meteorológicas aparte es importante que empecemos este post explicando en pinceladas qué es eso del famoso DUA.
Qué es el DUA y sus características.
Canarias posee un Régimen Económico y Fiscal Especial caracterizado por los siguientes impuestos:
1. IGIC: Impuesto General Indirecto Canario que equivale al IVA pero su importe es inferior.
2. AIEM: Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías. Grava de forma general las importaciones con el objetivo de proteger algunos productos de la industria local.
Para poder liquidar ambos impuesto se creó el DUA: Documento Único Administrativo. El DUA es un impreso que ha de cumplimentarse obligatoriamente ante la aduana para los intercambios de mercancías (importaciones y exportaciones). Se trata de una declaración con los principales datos del paquete (valor en factura, tipo de contenido, destinatario…) para su control por parte de las administraciones aduaneras.
La noticia: Canarias elimina los trámites aduaneros para compras online inferiores a 150 euros.
Una vez entendido esto, nos centramos en la famosa noticia que ha puesto muy felices a los Canarios. Pero ¡ojo! Que no todo es lo que parece. Citamos la noticia cuya fuente es RTVC y de la que al final de este post, daremos nuestra opinión como Expertos en Comercio Electrónico. Extraemos las partes más relevantes que vienen a decir lo siguiente:
La consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, Rosa Dávila, anunció este miércoles en el Parlamento autonómico que las compras que se realicen a través de Internet y que no superen los 150 euros no tendrán la obligación de presentar el Documento Único Administrativo (DUA).Dávila explicó que esta medida, que evitará la presentación de tres millones de declaraciones en las Islas, evitará los sobrecostes en las operaciones que realicen los compradores, según una nota de prensa emitida por el Gobierno autonómico.
La Consejera firmará este jueves la modificación del decreto 268/2011 sobre el Reglamento 268/2011 de Gestión de los Tributos del REF, que permitirá subir el mínimo exento de la presentación del DUA desde los 22 euros actuales a los 150 euros.
Aseguró que los consumidores compran a través de Internet con la incertidumbre de conocer el precio definitivo del producto. “Se debe a que la cumplimentación del DUA es un trámite que continúa siendo engorroso, por lo que muchos particulares se ven obligados a delegar su gestión en un intermediario”.
Dávila destacó la voluntad de trabajo conjunto que tienen todos los agentes implicados en el comercio electrónico en Canarias porque todos son conscientes de que impulsar el negocio online en el archipiélago tiene implicaciones jurídicas muy complejas, “dificultades que se deben a las limitaciones que impone la legislación y que se derivan de la singularidad fiscal de las islas”.
La consejera detalló que la simplificación del modelo de autodespacho es otra de las acciones previstas porque “su cumplimentación no es intuitiva y contratar a un tercero para realizar el trámite supone siempre un coste añadido, que impide saber con certeza el precio final de la compra”.
Otra de las cuestiones en las que quiere avanzar el Gobierno de Canarias, en colaboración con el resto de administraciones y agentes implicados, es en establecer el mecanismo para que sea la administración quien facilite a los compradores el número de declaración sumaria necesario para la cumplimentación del autodespacho.
“La mayoría de los compradores acuden a los agentes importadores y exportadores para que les faciliten este dato, que es necesario para poder levantar la mercancía, con el consiguiente gasto para el comprador”, afirmó.
La opinión de 2mcgroup:
Cuando un vendedor de Península realiza una venta online a un comprador canario, este compra el producto en la web sin IVA pero una vez que le llega el pedido a casa tiene que pagar el IGIC correspondiente + DUA que hasta la fecha, suponía un coste de entre 14 y 18 euros. Ahora con esta nueva noticia el comprador canario no tendrá que pagar el DUA pero es importante poner sobre la mesa que tendrá que autodespecharlo y seguir asumiendo el IGIC. Actualmente el autodespacho online solo es posible hacerlo a través de Correos, quién impone un coste de 4€ de almacenamiento. También lo podemos hacer acudiendo a las oficinas de Hacienda, con todo el trámite y papeleo engorroso que supone. Si ya ha sido tarea complicada, y lo sigue siendo, educar al comprador a que en lugar de acudir a tiendas físicas haga su compra a través de Internet, ahora la tarea de informar a los consumidores canarios que es importante que una vez que reciban su pedido si han comprado algún producto online procedente de Península tienen que hacer el autodespacho…no queremos ni imaginar cómo se pretende proceder a ello. Te invitamos a que conozcas al 100% qué es esto del autodespacho y cómo funciona a través de autodespachocanarias.com
Entonces la pregunta que te planteamos es la siguiente. ¿Beneficia esto realmente al vendedor online canario? Sentimos decirte que no, en absoluto.
- Cuando exportas mercancía hacia la Península, debes sí o sí, declarar la mercancía que ha salido de Canarias para poder tributar ese impuesto y al entrar en Península debes declararla también para hacer lo propio con el IVA. Por lo tanto, a no ser que se hagan las declaraciones pertinentes por cuenta propia, que como puntualizamos antes es bastante engorroso, es casi mejor, pagarle este trámite a un agente aduanero y evitar estos líos y dolores de cabeza innecesarios.
- En lo único que nos beneficia, es que en los multibox (servicio que nos presta SEUR) ahora en vez de declarar el producto con un valor inferior a 20€ se puede declarar por debajo de 150€, pero declarando el producto como muestra y sin valor comercial, ya que si lo declaras con valor comercial y lo vendes en Península debes hacer la declaración de IVA y para ello necesitas los documentos aduaneros que justifiquen dichas transacciones.
- Sin embargo esto sí supone un beneficio para las empresas peninsulares que venden a Canarias, ya que ellos declaran el producto como exportación y no le cobran IVA al cliente. El cliente paga aquí su IGIC y hace su autodespacho cuando aprenda y se le eduque para ello.
En resumidas cuentas… ¿desde cuándo se llama libre comercio el no poder competir las empresas canarias con las de península?
Me resulta gracioso que a las empresas canarias nos sigue fastidiando la ley ya que no tienen en cuenta nunca los costes que pagamos por traer la mercancía, mayormente pasa toda por península y tenemos que pagar el transpote de la misma a Canarias… el que llegue en barco normalmente a islas, eso tiene un coste que a nosotros nos puede salir más de 100 € traerla en barco a islas (sin contar AIEM, IGIC, DESPACHO) si el proveedor no asume parte de los gastos, que es lo que suele pasar. Sin embargo, ese incremento se lo ahorran las empresas peninsulares, eso para empezar y el precio coste de ellas no es el mismo que el nuestro. Y, no hablemos de envíos aéreos, eso a Canarias para las empresas son un asalto a mano armada.
Ahora bien, suprimiendo el DUA, nos lo ponen peor a las empresas canarias para competir ya que empresas peninsulares pueden atacar más facilmente a los consumidores finales en Canarias. Ya lo hacían algunas empresas a Canarias antes, el cómo no sé y no pagando DUA en destino… ahora no me quiero ni imaginar…
De todas formas no entiendo cómo consiguen en península hacer envíos por 3 € (paquetes considerables) y nosotros como muy poco pagamos 10 € por el envío a un cliente final y de ahí para arriba dependiendo del peso, volumen, etc. No hablo del servicio post-libris de Correos que puedes enviar sólo libros por 3-4 euros, hablo de que lo tienen muy fácil las empresas de penínnsula a la hora de hacer envíos por poco dinero y a nosotros nos sale caro hacer envíos entre islas.
Me pregunto si hago una compra online para que me la manden a Canarias, con la nueva ley no pagamos DUA en destino si no nos pasamos del importe mínimo, hasta ahí bien… pero si compro a Península no deberían cargarnos en el coste del artículo el 21 % de IVA? Es decir, nos lo venderían a precio peninsular, no? Que sería lo más lógico, igual que cuando compramos por AMAZON, que nos mandan los paquetes por ejemplo de Alemania y el precio del artículo que compramos es con su impuesto correspondiente.
Un Saludo,
Abigail Duque
No hay ninguna ley que este fastidiando al comercio Canario es simplemente una directriz de la CE que solo permite que el vendedor cobre el impuesto del país o región del comprador cuando el país del comprador y vendedor pertenezcan al area tributaria del IVA y en esencia es tener un IGIC con un porcentaje del 16% en el regimen general como mínimo y algunasas cosas más.
Cuando un vendedor de la península o de la UE y otro paises vende algo onlíne que tiene destino Canarias no puede cobrar ningún IVA ni impuestos similar porque entre otra cosas la 6a directriz dice que se debe cobrar el impuesto del país en el que se entrega el bien o se presta el servicio. Y por tanto esa venta esta exenta de cualquier impuesto para ser abonado en introducción o importación en Canarias paro lo cual se usa el DUA por los operadores o modelo 040 y formulario simplificado para los particulares con el fin de liquidar el IGIC y nada más.
De momento no hay nada sobre los 150€ que según la información que desde la Consejería se está enviando solo consiste en eliminar el DUA de introducción y nada más, el IGIC y el AIEM se deberá seguir pagando liquidando por otro medio aún sin definir presumiblemente por Internet o en las a oficinas de la Agencia Tributaria Canaria o a través del DUA si lo hacen los operadores. Por lo que a los efectos de tributos no cambia nada de nada solo buscan facilitar el autodespacho a los compradores canarios.
Si compras en Amazon sea de donde sea y te compran directamente algún tipo de impuesto presenta una queja porque eso no es legal y Amazon no lo hace. Otra cosa es que esa compra sea de terceros vendedores los cuales son por lo general minorista y no pueden descontar el IVA porque no lo repercuten solo ponen eso en la factura por la obligaciones de la propia norma.
El problema delo comercio local es que no se unen para luchar por poder competir no sólo en España sino en todo a la UE. Y para ellos deberían exigir de la AEAT y al Gobierno de Canarias que les permita cobrar IVA en las ventas a la UE según sea el país del comprador como pasa en las transacciones dentro de la zona tributaria IVA /VAT y /o que de una vez ponga en marcha la posibilidad de que los vendedores pueda hacer el DUA de introducción y pagar el IVA en nombre del comprador como estipula la resolución del Julio/14 de la AEAT /ADUANAS que hasta la fecha por falta de presión por parte de los empresarios de Canarias no se ha puesto en marcha.
Con el temas de los costes de transportes de mercancía como ustedes no se unan en una asociación que les permitan agrupar las compras haciendo que sea mucho más barato el transporte y el dua esta abogados a cerrar, más si tenemos en cuenta que muchas empresas de la península se están moviendo para enviar las ventas a Canarias a de mercando onlíne son el solo coste se 6,5€ con DUA incluido y el IGIC como si fuese una venta local.
En general la culpa del problema del comercio local canario es que no están unidos es más parace que se intente poner la sancadilla unos a otros, y no precionanismo a la AEAT ni al Gobierno de Canarias y buscan una alternativa para bajar los precios a los niveles de la península que de por sí ya son muy caros si los comparamos con los precios que se pueden comprar onlíne en el resto de países de la UE que por lo general están entre un 10/20% más bajos que los peninsulares y si supera los 50€ con gastos de envío gratis. Así que si quieren sobrevivir más ahora que las compras onlíne estarán libre de aranceles desde China, Estados Unidos, Canadá, Tailandia etc a partir del 1/7/16 es muy posible que se vean abogados a cerrar o a vender a precio de costes con escasos beneficios…
Me podrían decir si recibo una compra de la peninsula o de la Union Europea inferior a 150 euros, que sobrecoste tengo que asumir (igc, trámite aduanero…etc) y en que texto legal aprece el límite del importe de 150 euros. Muchas gracias.
Buenos días Alejandro! Por el momento no está en vigor o funcionando esta ley, por lo tanto, los gastos dependerán de las condiciones de envío que te haya puesto el vendedor, puede que él asuma los gastos o puede que pretenda que tu pagues algunos. Deberás informarte con dicho vendedor antes de ejecutar la compra ok?
Saludos
Si hago un pedido a una tienda online peninsular de unos 80e o cualquier importe menor a 150 euros y pone que gastos de envios a canarias tambien gratis, me cobrarán algo al recogerlo en Correos (se que va por esa empresa)? Gracias
Buenos días Joana, disculpa la tardanza en la respuesta, estaba fuera de vacaciones. El que tengas que enfrentarte a los gastos de DUA e IGIC a la recepción de tu pedido depende del modo en el que envía el vendedor, por lo tanto, mi consejo es que siempre te informes bien con él del modo de envío y si va sujeto a gastos de aduana e impuesto o no. Es decir, si el vendedor lo manda como productos de muestra o sin valor comercial, o bien si agrupa mercancía y paga el los gastos, tú estarás exenta de hacerlo, pero si lo manda como una transacción normal entre empresas, o de empresa a particular, ese envío estará sujeto a estos pagos y depende del vendedor decidir si los asume o bien los deja en manos del comprador.
Recibe un cordial saludo del equipo de 2mcgroup
En resumidas cuentas… ¿desde cuándo se llama libre comercio el no poder competir las empresas canarias con las de península?
Me resulta gracioso que a las empresas canarias nos sigue fastidiando la ley ya que no tienen en cuenta nunca los costes que pagamos por traer la mercancía, mayormente pasa toda por península y tenemos que pagar el transporte de la misma a Canarias… el que llegue en barco normalmente a islas, eso tiene un coste que a nosotros nos puede salir más de 100 € traerla en barco a islas (sin contar AIEM, IGIC, DESPACHO) si el proveedor no asume parte de los gastos, que es lo que a veces suele pasar. Sin embargo, ese incremento se lo ahorran las empresas peninsulares, y el precio coste de ellas no es el mismo que el nuestro. Es decir una empresa peninsular compra 1 boli y con los gastos repartidos le sale de coste 20 €, una empresa canaria lo compra y puesto en la tienda con los gatos repartidos su coste es de 28.
Ahora bien, suprimiendo el DUA, nos lo ponen peor a las empresas canarias para competir ya que empresas peninsulares pueden atacar más facilmente a los consumidores finales en Canarias. Ya lo hacían algunas empresas a Canarias antes, el cómo no sé y no pagando DUA en destino… ahora no me quiero ni imaginar…
De todas formas no entiendo cómo consiguen en península hacer envíos a clientes finales por 3 € (paquetes de un peso y volumen considerable) y nosotros como muy poco pagamos 10 € por el envío a un cliente final y de ahí para arriba dependiendo del peso, volumen, etc. No hablo del servicio post-libris de Correos que puedes enviar sólo libros por 3-4 euros, hablo de que lo tienen muy fácil las empresas de penínnsula a la hora de hacer envíos por poco dinero y a nosotros nos sale caro hacer envíos entre islas.
Me pregunto… ¿esta ley trata de barrer para casa o de tirarnos piedras encima a las empresas canarias? Por que lo que tiene pinta es que la gente va a preferir comprarle a las empresas peninsulares que no abusan en los pvp antes que a las canarias que no abusamos en los pvp (recalco eso porque hay empresas que se pasan con los pvp y otras no).
Sigo sin entender muy bien los beneficios… Sólo veo que para compras pequeñas no hay que pagar DUA (para usuarios finales – ventas – eso está bien). Pero ¿a las empresas canarias que tenemos tienda en qué nos beneficia? Seguiremos pagando DUA por nuestras compras que eso de hacer pedidos inferiores a 150 € a no ser que traigas artículos de chinos es raro o algo puntual que te pida alguien, con lo acostumbrados que estamos aquí a hacer pedidos de más de 600 € para que no se encarezcan tanto los productos con los gastos de envío (a más importe de compra mejor).
No se muy bien como va, pero pr ejemplo, en caso de que hicera una compra online a península como COMO CLIENTE FINAL para que me la manden a Canarias, con la nueva ley no pagamos DUA en destino si no nos pasamos del importe mínimo, hasta ahí bien… pero como CLIENTE FINAL no debería haber una diferenciación y si compro a Península, lo compraría a precio peninsular, no? con el 21% de IVA, NO?? Que sería lo más lógico, igual que cuando compramos por AMAZON, que nos mandan los paquetes por ejemplo de Alemania y el precio del artículo que compramos es con su impuesto correspondiente. Igual que si mando a pedir a Zara online el precio de la chaqueta es superior al precio de la misma chaqueta en cualquier tienda de Zara de Canarias.
Es que si no no hay por dónde coger esta ley…
Buenos días Abigail, mi nombre es Edgar Aldaz y soy el CEO de 2mcgroup. Muchas gracias por tu comentario y apreciación sobre este tema. Efectivamente, esta ley, muy al contrario de beneficiar al comercio canario lo perjudica, ya que, al sólo beneficiar al consumidor, abre las puertas de las empresas peninsulares a vender con más frecuencia y competitividad en Canarias.
También es verdad (y esto es una simple percepción mía), que el consumidor online en Canarias está dormido aún y esto puede que lo despierte y aumente el número de compras que se realizan desde Canarias y será ese el momento en el que las empresas Canarias deberemos sacar nuestras armas de precio y de envíos más baratos y en menos tiempo de entrega para poder abarcar este mercado, que desde mi punto de vista, es nuestro!
También quiero aclarar que esta Ley, no exime al comprador de pagar el IGIC, ya que, lo que pretende el Gobierno es que este impuesto le llegue al comprador en forma de carta de pago a su casa, tal y como el impuesto de bienes inmuebles o el de circulación de vehículos. Está claro que el Gobierno no puede perder tal recaudación en todas esas importaciones.
Con respecto a tus apreciaciones sobre costes de envío desde Canarias a Península (exportaciones), que es donde 2mcgroup se ha especializado, me gustaría que te pusieras en contacto con nosotros y poderte explicar el proyecto de 2mc logistic, con el que pretendemos abaratar costes por agrupación de empresas dedicadas al comercio electrónico, recortar notablemente tiempos de entrega y poder competir con empresas peninsulares en la venta de productos a nivel nacional e internacional.
Recibe un cordial saludo de mi parte y la de todo mi equipo en 2mcgroup
Esto es solo para compra en la UE y no para otros países. Que seguirá como hasta ahora y solo será para los particulares y autónomos personas físicas y no las jurídicas en autodespacho. Las personas jurídicas no les está permitido el autodespacho y por tanto esta medida no está dirigidos a ellos ya que siempre deben usar los servicios del agente aduanero o de tránsito del transportista.
No se puede cobrar IVA a las compras onlíne con destino a Canarias esta exento de cualquier impuesto. Amazon tampoco cobra nunca IVA a los envíos a Canarias y es su propia venta otra cosa son las ventas de terceros vendedores. .. el destinatario particular deberá realizar los trámites de introducción para pagar el 0%, 3% o 7% de IGIC según sea la mercancía , salvo que el valor no sea superior a 22€ que esta exento. Y 110€ si es entre particulares. .
Buenas noches, pues no se si llego a entenderlo…
Si se elimina el DUA, en el precio final ha de bajar, no es así? Es decir ya correos, «solo» nos debería cobrar el IGIC correspondiente al pedido. O bien nos sigue cobrando lo mismo por lo de hacer los «gastos de despacho»
De ser así… el auto despacho ya existía… por lo que nos ahorramos ese costo pero seguimos pagando el IGIC (pero todo esto existía antes)
Qué es lo que ha cambiado…
Ejemplo practico: he comprado por un valor de 76,12 (IVA excluido y transporte incluido, precio final de todo). Me llega el paquete y correos me dice que son 18 euros (18 con algunos centimos creo). 5,2 aproximadamente me sale el 7%
De dónde sale el resto hasta los 18 euros, gasto de despacho? si no hay DUA no hay nada que despachar
Muchísimas gracias
Buenos días Josué. Te explico lo que yo tengo constancia de como va a funcionar esta nueva iniciativa.
Respondiendo a tu caso práctico, lo que ha pasado es que aún esto no está en vigor y por lo tanto, los 13 euros de más que te cobran es el despacho. Desde que la ley se implante y empiece a ejecutarse, este despacho no será legal cobrarlo para pedidos que no superen 150€ de valor declarado (esto tendrá muchas trampas, ya que habrán productos más caros declarados por debajo de este importe). En cualquier caso lo que pasará y lo haré con este mismo ejemplo tuyo será lo siguiente:
Compras un producto que cuesta 76,12€ (IVA excluido y transporte incluido), el vendedor peninsular está obligado a hacer una declaración de valor en un documento en el cual pone que te ha vendido a tí con tu DNI ese producto/s por ese valor. Cuando a tí te llega el producto a casa no te llegará ningún cargo adicional (ni si quiera el IGIC), ya que, el IGIC te lo cobrará el Gobierno de Canarias con un cobro sistematizado tipo el impuesto de circulación o el de bienes inmuebles. Aún no sabemos cada cuanto se hará esa liquidación ni como será el sistema informático que regularizará ese cobro/pago, pero lo que si sabemos, es que, con esta iniciativa, las empresas Canarias empezarán a sufrir la entrada (importación) de infinidad de productos que hasta hoy estaban frenados por DUA y AIEM.
¿Me he explicado con claridad?
Recibe un cordial saludo
Los operadores seguirán realizando y cobrando el DUA ya que están obligados por leyes y normas de superior rango a los del gobierno de Canarias y solo si el destinatario realiza por su propios medios el despacho del envío que esta pendiente aún por definir por la consejería el transportista no le podrá hacer el DUA, pero si el destinatario prefiere o no se hace el trámite en el plazo que hubiere lugar lo realizaría el transportista cobrando por ese servició como hasta ahora, pero esto es basado en la información que va dando desde la Consejería a los medios y la consejera por Twitter. ..
Mi pregunta es, ¿desde cuándo podemos comprar sin miedo a que nos paren el paquete y nos cobren el DUA? Gracias
Buenos días Néstor! La verdad que eso aún es incierto, ya que, aún aprobado, deben empezar a ponerlo en práctica. Descuida que los medios de comunicación harán eco de ello en el momento que sea posible ok?
Saludos
Aún siguen cobrandolo, hoy en correos he tenido que pagarlo para una compra de 123€.
Hola Carlos, es lo que hablamos en otro comentario…por el momento son solo propuestas, pero no se sabe cómo ni cuando van a poder hacer esto realidad!
Hola.
Termino con la cabeza loca.
Se habla ahora que si tu pedido tiene un valor menor a 150€ no pagas el DUA.
Bien. Yo pretendo hacer una compra de un set de body pum a una empresa de Barcelona. Ésta me dice que sólo tengo que pagar el IGIC, en este caso es el 7‰. La factura es de 312,80. Al ser el valor mayor a 150, ¿Cuánto tendría que pagar de DUA?
Me gustaría saberlo para así saber el precio final del producto.
Gracias.
Buenas tardes Libertad! Pues respondiendo a tu pregunta te diré que el DUA no es un coste fijo, lo que si lo es, es el IGIC, que sería un 7% sobre el precio de compra del producto (sobre su base imponible para ser exactos, que es su precio sin impuesto aplicado). el DUA depende del operador logístico que te lo tramite, pero debe oscilar entre los 15 y los 20€ de media para el DUA de importación que es el que te cobrarán a tí.
Saludos
El DUA es totalmente gratis, lo que se paga es el servicio que debe realizar el transportista para hacer y presentar el dua. Que va desde los 13,74€ de Correos 24€ de DHL, SEUR y 30€ DHL,MRW,NACEX, FEDEX Y algún más. ..
Si no quieres pagar nada de esos trámites tienese la opción de hacer el autodespacho presencial y on línea que solo pagarías el 3% de IGIC por esa mercancía y nada más. ..
Buenas, todo se quedo en agua de borrajas….y anuncio político a bombo y platillo, ya se publico la Mod. del D. 268/2011 y nanai de la supresión del DUA tal y como anunciaron….Esto es otro montaje político de conveniencia…
Saludos.
Buenas tardes Karfman! La realidad es que, siguen luchando para poner en marcha todo este tema, pero es muy complicado lo que intentan hacer, por no decir, lo negativo que supone para las empresas Canarias esta competencia que se crea al quitar esta serie de impuestos. Esperemos unos meses más a ver como se desarrolla…
Saludos
Que se pongan las pilas los comerciantes Canarios, y sobre todo, los que hasta ahora vienen aprovechándose de la falta de competencia. Que me expliquen por qué, por ejemplo, un producto fabricado en China o en Corea lo venden mas caro en Canarias cuando, a priori, los gastos de transporte y gestión aduanera son prácticamente los mismos que en la península y el impuesto mucho mas bajo. ¿No será porque al comprador canario no puede ir a otro sitio a comprar ese mismo producto y no le queda mas remedio que pasar por el aro ?
Los comerciantes son libres de poner los precios que quieran ¿por qué los canarios no podemos comprar donde nos de la gana?
Buenos días Jose Antonio, en parte estoy de acuerdo contigo. Hay ciertos productos con los que los comerciantes canarios sacan un mayor partido o beneficio por la situación fiscal y geográfica de las islas. Pero también es cierto que en muchos otros productos, por no decir la mayoría, disponemos de mucho mejor precio que en cualquier otro punto de España…no debemos juzgar al comercio en general por la «avaricia» de unos pocos comerciantes. En definitiva, claramente el mercado debe ser libre y abierto para el comprador, pero las leyes no deben proteger solo a los compradores, sino también a los comercios, desde mi punto de vista.
Saludos
Buenas, los comerciantes canarios se quejan que tienen que pagar el transporte y demás pero solos se beneficia al consumidor. Tengo que decir que el consumidor también paga el transporte cuando compra por internet (gastos de envío) y que era un abuso pagar DUA por ejemplo por vinilos de segunda mano. Aqui cada uno barre para su casa. Vuestro articulo me ha parecido muy tendencioso. La supresión de este impuesto es muy bueno para el consumidor les guste a ustedes o no. Saludos.
Buenos días Somedays, estoy de acuerdo contigo en todo lo que comentas. Nosotros simplemente hacemos una apreciación de esta ley o nueva normativa, en la cual lo que vemos es que solo afecta al comprador, cosa que no nos parece mal, pero en la que si vemos, como va a afectar al vendedor canario. Desde 2mcgroup, simplemente vaticinamos lo que creemos que va a suceder, aunque, nos alegramos con la potenciación del comercio electrónico, incentivando a los compradores a que lo hagan más activamente con iniciativas de este tipo.
Recibe un cordial saludo
Según las noticias, y este artículo que las menciona, el Decreto 268/2011 sobre el Reglamento 268/2011 será modificado para subir el mínimo exento a 150€. He buscado en la página del Gobierno de Canarias la publicación del BOC que hace referencia a la modificación de este decreto y la única publicación que aparece es el «BOC Nº 45. Lunes 7 de Marzo de 2016 – 812» (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2016/045/001.html). Sin embargo en este boletín no se menciona nada acerca del límite de los 150€ ¿Han rechazado la modificación? ¿La han publicado en otro documento oficial? ¿Está en trámites? ¿Las palabras se las llevó el viento?
Buenos días Enrique! Según nuestra información al respecto de este tema, sabemos que todo este proceso está en trámite, pero lo que quieren llevar a cabo lleva detrás un sistema informático importante, para poder cobrar de forma automatizada los impuestos al consumidor final y no perder dinero en cada operación de importación. Por lo tanto, no es algo que puedan implantar de la noche a la mañana!
Recibe un cordial saludo
cuando un empresario compra al mismo precio que un consumidor online, debería de plantearse cerrar su empresa y dedicarse a otra cosa.
Totalmente de acuerdo Carlos. El problema es que internet desgraciadamente está acabando con los distribuidores e intermediarios y sólo los grandes están abriéndose hueco en este mercado.
Saludos
Afecta de alguna manera el envío entre particulares esta noticia?? Me gustaría saber cual es la mejor vía para enviar un paquete desde península a Canarias entre particulares.
Muchas gracias, un saludo.
Buenas tardes Macarena! No afecta a particulares, ya que los particulares no tienen que declarar impuestos por ello. Desde nuestro punto de vista, la opción más barata sigue siendo correos.
Recibe un cordial saludo!
Los envíos entre particulares si se verán afectados en el sentido del valor dela paquete. Hasta hoy los envíos desde la UE península incluida entre particulares sin fines comerciales donde no exista ningúna compensación para el remitente, no cuando hay compra o se compensa por el envío, esta exento hasta el valor de 110€ y 45€ si procede de terceros países » NO Ue», pero esa medida si afectará a aquellos envíos que sean declarados por valores superiores a esa cantidad e inferiores a 150€. Pero solo en lomque a trámites se refiere porque los impuestoservicios que se deben pagar seguirá igual..
Hola Edgar.
A día de hoy todavía no están aplicando esta reforma. Ya que Correos sigue cobrando el DUA para compras de importe inferior a 150€. En concreto para un pedido de 80€ han retenido el paquete y siguen exigiendo el pago.
Lo que no entiendo es ¿para qué le da el gobierno canario tanto bombo a esta noticia si casi dos meses después todavía no es efectiva esta modificación? ¿es que hay elecciones autonómicas pronto?.
Me parece vergonzoso que se más fácil vender a países europeos como Alemania o Noruega, antes que a la islas canarias.
Un saludo
Pues la verdad que es algo que no entendemos tampoco y que todos estamos esperando resolución a ver en qué queda todo! Con respecto a lo de enviar a estos países es cierto, ya que, al estar en zona IVA este tipo de paquetes se mueven libremente sin necesidad de pasar por tantos trámites…es totalmente cierto lo que dices!
Recibe un cordial saludo!
Vender a Noruega que es un tercer país o a Alemania que es de la UE es igual de difícil que a Canarias por parte del vendedor otra cosa es lo que tenga que hacer el destinatario en Canarias para liquidar el IGIC de introducción porque en origen no se debe repercutir IVA alguno en la venta.
En Noruega es igual o peor que en Canarias ellos pagan entre 15/35% de impuestos de importación. En Alemania no pagan ni hacen nada de nada porque es un país que pertenece al area tributaria VAT como España peninsular y el vendedor peninsular esta obligado a cobrar el IGS 19% o IVA de alemanía en la factura de venta al comprador y a hacer la documentación (facturas ) que hace las veces de dua de expedición y dua de introducción, esto no pasa con Canarias porque no pertenecemos al club de la zona tributaria IVA por tener un impuestos IGIC 230% más bajo que el mínimo que exigen desde la CE «16%» o el 21% de Península. .
Gracias por la información y por mentar a autodespachocanarias.com
Solo aclarar algunas cosas los precios de los tramites del DUA van desde los 13,74€ de Correos hasta los más de 60€ pasando por 24€ de DHL, UPS, Seur 30€ de FedEx, MRW, NACEX. ..
El factage de correos por la sumaría y patética para el autodespacho onlíne es de 4,72€
Tambien decir que la intención del Gobierno de Canarias no es enviar una carta de pago para recaudar el IGIC y el AIEM entre los 22€ y 150€ cuando se elimine el DUA sino cambiarle el nombre de DUA por otro trámite y modelo que previsiblemente se tenga que realizar por Internet y desde el mismo momento en que se hace la compra sino se quiere que el transportista hagan ellos el DUA y lo cobren, porque la finalidad de DUA de introducción es solo recaudar el IGIC/AIEM y estadístico y nada más. Y los operadores solo pueden y están obligados por normas de mayor porte que el gobierno de Canarias como es la CE a realizar exclusivamente el DUA telematico para esa misión. Posiblemente la gestión que se realice ante la ATC que sustituya al DUA será similar a la mezcla del modelo 040 y modelo o carta de pago 032 que es lo que en la actualidad sustituye al DUA de introducion pero que solo se puede hacer presencial pero que ahora se pretende que sea onlíne o por internet pero claro está como todo lo que se tramita con la administración requerirá acreditación electrónica.
Esto es solo para las compras que se realicen dentro de la UE ya que las compras que se realicen en el resto del mundo seguirán como hasta ahora salvo que el tema de la sumaría y partida se le busque una solución y los ciudadanos podamos » como sucede en la peninsula» obtener la sumaría y partida sin tener que contar con la mediación del transportista por el cual este cobra desde los 4,73€ de correos hasta los más de 48 de UPS por la cesión documental.
Para el comercio local la única posibilidad de sobrevivir más si tenemos en cuenta que desde el 1/7/16 entra en vigor la libre entrada arancelaria de las compras onlíne con USA y China y algún otro país que esta pendiente de asociarse, es asociarse como hacen los supermercados para comprar colectivamente y así reducir el precio del transporte, porque el DUA tiene un coste de miseria y no supera los 30€ por container.
Les invitamos a que también nos sigan en facebook en la página de » debate: Simplificar el trámite de aduanas Canarias para particulares» donde podrán encontrar mucha información sobre el tema, además de en la web de autodespachocanarias.com. .
Me parece una gran aportación la que haces Víctor y te doy las gracias por ello. Me gustaría contactar contigo para poder contrastar un par de temas y ver si puedes, echarnos una mano en ciertos temas logísticos que pretenden mejorar la exportación de nuestros productos. Si me mandas tus datos de contacto al mail e.aldaz@2mcgroup.com estaré encantado de contactar contigo.
Recibe un cordial saludo
Me tienes a tu disposición en facebook en el grupo de aduanas Canarias bajo el nombre de debate: simplificar el trámite de aduanas Canarias para particulares si en la web http://www.autodespachocanarias.com y ya allí por MP me puedes contactar. Mi experiencia y conocimientos es principalmente en las compras para particulares aunque gran parte de ella también tiene mucho que ver con las empresas …
Los empresarios se deberían plantear poner en marcha una forma de presión contra la Agencia Tributaria AEAT para que les permita de algún modo cobra IVA en las ventas onlíne de la UE y de esa forma tener alguna posibilidad de salir a ese mercado a vender. Pero claro si esperan sentado 6a que la solución le caiga del cielo sin hacer ningún tipo de presion así le irá. .. también deberían presionar al gobierno de Canarias y a la AEAT para que de una vez ponga en marcha lo dispuesto en la resolución del 14/7/14 y pongan los medios para que el vendedor pueda realizar el DUA DE introducion y cobrar el IVA en las ventas a la península que se vendió en su día como la salida definitiva al comercio onlíne de Canarias y que desde las administraciones no se ha hecho los deberes para llevarlo a cabo…
Yo como consumidor lo que pienso es que los comerciantes canarios deberían de poner mas las pilas y estar mas actualizado en lo que a mercancía se refiere ya que en mi caso no solo me ha pasado una ves si no que ya son barias veces de recorrer varios establecimientos en busca de algún producto y no encontrarlo o incluso ponerme cara rara el vendedor de no enterarse de lo que estoy buscando lo que se traduce en perdida de tiempo y dinero si has tenido que desplazarte en algún medio de trasporte al final acabas en el mercado online con tan solo un click a los pocos días lo tienes en casa yo pienso es que menos llorar y mas ponerse la pilas
Hola,
El mínimo exento de 150€ aún no ha salido la normativa de aplicación, por tanto, aún estamos en los 22€ para la realización del DUA.
Saludos
Hola,
Resido en Canarias. He creado una marca de accesorios y estoy a punto de abrir una tienda online. Me han comentado que existe la posibilidad de agrupar envíos de diferentes empresas en un mismo contenedor que viaje a Península. Al parecer se hace un DUA de todo el contenido del contenedor y se cobra dicha gestión junto con el DUA al cliente con anterioridad «despacho por cuenta del expedidor»… No merece la pena para envíos a particulares si vendes cosas de poco valor como es mi caso. A mi me interesa de cara a tiendas de Península que quieran mi producto…
Mi duda es si puedo realizar yo el despacho del mismo modo al cliente final cuando me compra un artículo.
No sé si me explico. Ahorrar al cliente el rollazo del DUA y dárselo todo hecho, porque obviamente sino no me compará nadie de Península…
Gracias
Hola, ya esta aplicada la reforma? la nueva normativa?
Esta nueva Ley del bajo valor se aplicó desde el 29 de Junio de 2017. Cualquier envío con destino Canarias declarado con valor igual o inferior a 150€ está exento de pagar IGIC.
Recibe un cordial saludo!